Miér. 15/Noviembre/2017>>
AURORA ALBAVERA SOTELO>>
- Foro Morelense de Abogados…
- QUE SE IMPLEMENTE LA HORALIDAD EN
- MATERIA DE FAMILIAR Y CIVIL: ABOGADOS>>
- *.- Diputados, Magistrados y el gobernador
- No deben recibir Aguinaldo. No son Trabajadores>>
- Dice el Artículo 42 de la Ley del Servicio Civil>>
Aurora Albavera Sotelo>>
Durante una rueda de prensa llevada a cabo hace unos días, el licenciado Pedro Martínez Bello, presidente del Foro Morelense de Abogados externó que el Foro le hace una petición al Congreso del estado, así como al Tribunal Superior de Justicia, por escrito para que hagan y lleven a cabo todos los requerimientos necesarios, modificaciones, derogaciones a la ley para que se implementen la horalidad en materia familiar y civil.
Agregó que con fecha 15 de septiembre el Congreso de la Unión reformó los Artículos 15, 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos, en donde faculta al Congreso de la unión para expedir un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y con ello da un plazo de 180 días, a partir de su publicación, para que se implemente la horalidad en materia de Familiar y Civil en todas las Entidades Federativas.
Como se ve, afirmó el presidente del Foro de Abogados Morelense que “estamos muy cortos de tiempo, el Tribunal superior de Justicia no podrá utilizar las salas penales para poder llevar a cabo las audiencias en materia familiar y civil, porque son completamente diferentes las necesidades que tienen los justiciables, además del alto índice de ligitiosidad que tiene en materia civil y familiar.
“Por ello, el foro Morelense les pide al Congreso y al Tribunal que lleven a cabo todos los requerimientos necesarios para implementar la horalidad en materia familiar y civil en el Estado de Morelos.
En otro orden de ideas, el Presidente del Foro Morelense de Abogados, licenciado Pedro Martínez Bello, al contestar una pregunta concreta sobre los tres meses de aguinaldo que recibirán los diputados y magistrados, dijo que esta pregunta tiene muchas respuestas: la primera es la del derecho, el Artículo 42 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos dice: “ quienes son considerados trabajadores y quienes no son considerados trabajadores, de tal suerte que los consejeros, los magistrados, el gobernador, los diputados no son considerados patrones, luego entonces ellos no pueden otorgarse 90 días de aguinaldo como si fueran trabajadores, porque son considerados patrones.
“Existe una doble prestación, porque ya de suyo, los magistrados y los consejeros tienen Seguro Social y en ese acuerdo donde se autorizan los 90 días del aguinaldo también se autorizan, servicios de gastos médicos y si ya tienen Seguro Social, entonces ellos ya tienen una doble prestación, por el mismo concepto.
“Eso por cuanto hace al derecho, por cuanto hace a lo social, me parece r e p r o b a b l e de parte de ellos que se aumenten el sueldo o se otorguen prestaciones, cuando a partir del 19 de septiembre, con ese evento trágico, en donde la mayoría del Estado debemos estar en un programa de austeridad y reconstrucción no tiene espacio ese tipo de prestaciones para nuestros servidores públicos.
“Lo más delicado, es que ellos lo hacen en el pleno con consentimiento de la presidenta del Tribunal Superior de Justicio, cuando, se supone, ellos tenían que vigilar que ese tipo de irregulares no se den porque ellos son los que administran justicia; entonces, es más delicado, porque quienes administran justicia, son quienes autorizan estas prestaciones que no están encontradas en el derecho “, afirmo el abogado Pedro Martínez Bello.