PERIODISTA IGNACIO CORTES MORALES>>

POR LA LIBRE>>
IGNACIO CORTES MORALES>>
“Por la libre 2167 del 23de septiembre 2019 Por Ignacio Cortés Morales>>
- 1.- ¿Qué festeja el SNTE?>>
- 2.- El MMB>>
- 3.- la CNTE>>
- 4.- La ridiculez blanquiazul>>
1.- ¿Qué festejan los dirigentes del SNTE cuando que regresar a salarios mínimos para efectos de incremento de las pensiones, dejando atrás la UMA, fue por la reiteración de las solicitudes que permitieron ganar el amparo directo en los cinco litigios que especificaré líneas abajo?; ¿fue, acaso, la dirigencia sindical la que acompañó en los cinco casos?, de ser así, ahí tiene por delante a los jubilados que deberán tomar medidas legales porque esta situación sólo abarca a los cinco amparados de acuerdo al principio de relatividad de las sentencias de amparo y los que van para adelante, no así en situaciones anteriores, y es la hora de no permitir que los docentes mencionados caigan en manos de mercenarios que los ven con signo de pesos, en servicio bastante discutible. Así las cosas, Gabriela Bañón, es la hora de contactar a los jubilados para ponerles a su servicio el cuerpo de abogados que tiene la Sección XIX y evitar que caigan en manos de los que siempre surgen como salvadores, pero que, en el fondo van por lo suyo (¿Cómo Pedro Ponce que, hasta en las pláticas que va cobra una lana?). Antecedentes y amparos a.- La tesis de jurisprudencia por reiteración tiene el siguiente rubro: UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA). NO PUEDE APLICARSE PARA DETERMINAR LA CUOTA DIARIA O LA LIMITANTE DE PAGO DE UNA PENSIÓN, POR TRATARSE DE PRESTACIONES DE NATURALEZA LABORAL REGIDAS POR EL SALARIO MÍNIMO. Con motivo del Decreto de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de enero de dos mil dieciséis, se modificó el artículo 123, apartado A, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de desindexar el salario, el cual históricamente se utilizó como base y cálculo de los montos de las obligaciones previstas en diversos ordenamientos jurídicos ajenos a la materia laboral, para ahora establecer la Unidad de Medida y Actualización para esos fines, reservándose el uso del salario sólo para cuestiones que no sean ajenas a su naturaleza laboral. En esa virtud, como la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario, incluso para generarla y pagarla se atiende al fondo constituido durante la vida activa laboral, mediante aportaciones del salario percibido, topadas a la cantidad máxima de diez veces el salario mínimo, es claro que esa prestación es laboral; consecuentemente, lo relativo a su monto, actualización, pago o límite máximo debe aplicarse el salario, por no tratarse de cuestiones ajenas a su naturaleza; además, de atender para esos aspectos a la Unidad de Medida y Actualización se desnaturalizaría la pensión y se utilizaría un factor económico ajeno a la prestación de seguridad social referida, distinta al salario y ajeno a la pensión, lo cual jurídicamente no es permisible. Con los siguientes datos de localización: Época: Décima Época Registro: 2020651 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis: Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación Publicación: viernes 20 de septiembre de 2019 10:29 h Materia(s): (Laboral) Tesis: I.18o.A. J/8 (10a.). b.- Los amparos que cumplimentaron las cinco sentencias por reiteración fueron culminada con la resolución del DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, el cual junto con el Amparo directo 567/2018. Luis Beltrán Solache. 31 de enero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cruz Espinosa. Secretaria: Martha Eugenia Magaña López. Amparo directo 516/2018. Elvia Aída Salas Ruesga. 8 de febrero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Escorza Carranza. Secretario: Carlos Eduardo Hernández Hernández. Amparo directo 255/2018. María Arciniega Fernández. 14 de febrero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Cruz Razo. Secretaria: Sandra Gabriela Torres Ferrusca. Amparo directo 758/2018. Carlos López Jiménez. 7 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Cruz Razo. Secretaria: Sandra Gabriela Torres Ferrusca. Amparo directo 43/2019. 9 de mayo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Escorza Carranza. Secretario: Daniel Sánchez Quintana daría vida a la tesis que se publicó el viernes 20 de septiembre de 2019 a las 10:29 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 23 de septiembre de 2019, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013. c.- Se encuentra para consulta de la ejecutoria en el siguiente vínculo de internet: https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Epoca=1e3e10000000000&Apendice=1000000000000&Expresion=UNIDAD%2520DE%2520MEDIDA%2520Y%2520ACTUALIZACION%2520NO%2520PUEDE%2520&Dominio=Rubro,Texto&TA_TJ=1&Orden=1&Clase=DetalleTesisBL&NumTE=3&Epp=20&Desde=-100&Hasta=-100&Index=0&InstanciasSeleccionadas=6,1,2,50,7&ID=2020651&Hit=1&IDs=2020651,2018733,2007741&tipoTesis=&Semanario=1&tabla=&Referencia=&Tema= 2.- El Movimiento Magisterial de Bases ha estado al pendiente de los maestros cesados, tanto que de no ser por su intervención, el empleo se hubiera perdido, aunque ahora en el SNTE salen que fue por ellos, lo que es un infantilismo que causa carcajadas en quienes conocen el asunto porque los institucionales se abrazaron a Peña y su reforma y atacaron a los docentes. Es más, si hubiera ganado la derecha, en este momento serian represores consuetudinarios de sus compañeros. ¿A que no lo pueden negar?. Pues bien, ahora exigen algunos pagos. La situación está en la Federación, en el caso del Fone y no depende de la autoridad local que ha hecho todo lo que está en sus manos y continuará haciéndolo. Ojalá y los representantes del MMB, docentes de altura de miras, apoyen a la autoridad en Morelos para que el trámite se agilice y los compañeros reciban el dinero que merecen por su rebeldía razonada, en bien de la educación. Por ellos y muchos docentes comprometidos, es que la reforma prianfifí, se cayó. Siempre la disidencia laboral en el mundo marca la pauta en bien de los trabajadores. 3.- La CNTE y su lucha que se mantuvo por encima de la represión constante de la derecha ha sido reconocida en instancias presidenciales, con el objeto de dar la razón a quien la tiene. ¿Qué se han cometido errores?. Desde luego, pero no se comparan con los de la derecha y el daño que quisieron hacerle no sólo a la educación, sino al país. Un sexenio más y Santana se hubiera quedado corto. 4.- Marko Cortés se dimensiona, llamar a Fox es la definición más acertada que da al blanquiazul. Allá su militancia.”. Puedes elegir si quieres agregarla a tu biografía.

