El Gobierno No Aporta Ningún Dinero…

 

GRACO RAMIREZ PRETENDE PRIVATIZAR AL INSTITUTO DE CREDITO

 

Por Manuel Garcia y Garcia
Y Aurora Albavera Sotelo.
 

         El gobierno que encabeza Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, no aporta ningún capital al Instituto de Crédito del Gobierno del Estado. Son los trabajadores activos y jubilados y pensionados quienes con sus cuotas económicas los que mantienen vivo a dicho instituto y son éstos últimos los que mantienen vigente el espíritu por lo cual el ex gobernador Lauro Ortega Martínez fundó esa institución para beneficio de todos los trabajadores y nunca dijo que era para los funcionarios estatales, ni diputados, ni magistrados, ni ex mandatarios, ni otra clase de personas ajenas al gobierno estatal.

           Lo anterior sale a colación porque la iniciativa con proyecto de ley que propone el diputado Jaime Alvarez Cisneros, pretende privatizar al Instituto de Crédito y facultar al gobernador en turno, hacer y deshacer con el instituto, mismo que contempla afiliar (sic) a la iniciativa privada, como los bancos, empresarios, etc. Etc.

           “Mundo Magazzine” logró que le filtraran en el Congreso local un documento que dice >observaciones a la iniciativa de propuesta de reforma integral a la Ley del Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos<, misma que iba o va a ser presentada por el diputado Jaime Álvarez Cisneros y cuyo contenido le da absoluta libertad al jefe del Ejecutivo estatal para hacer y deshacer a su antojo en el Instituto de Crédito.

             Cabe destacar que durante una consulta con algunos abogados, afirman que la ley solo puede ser interpretada por un juez o un magistrado y no un hijo de vecino e incluso, el diputado Álvarez Cisneros no puede hacer un proyecto de ley por la simple razón de que él es afiliado al Instituto de Crédito.

           La exposición de motivos, de la mencionada ley que propone el diputado Álvarez Cisneros dice: “Que se faculte al Instituto para proporcionar en forma directa o con la intermediación de las instituciones federales, estatales y municipales correspondientes, así como las que integran el sistema bancario mexicano, financiamiento oportuno a bajas tasas de interés?????, para proporcionar créditos hipotecarios<.

         Si a lo anterior no se le llama PRIVATIZACIÓN, ¿entonces qué es? Y sin más ni más, el INSTITUTO DE CREDITO PERDERÍA SU AUTONOMÍA.

           En su Artículo, dicha propuesta de ley dice: “La interpretación de la Ley quedará única y exclusivamente en poder del Gobernador o la Secretaría o dependencia al que esté sectorizado el Instituto”.

         ¿Acaso el diputado Álvarez Cisneros, ni sus asesores jurídicos saben que los únicos que interpretan la Ley son los jueces y los magistrados?

           El Artículo 3, en su entrada dice con letras negras: “PENSIONISTA”, denigrando con ello a los jubilados y pensionados, y eso tampoco lo ve el mencionado diputado Jaime Álvarez

         Asimismo, el proyecto dice en uno de sus párrafos: Se crea un Comité Técnico de Créditos Hipotecarios, quien ahora será el encargado de rvisar y aprobar los créditos hipotecarios función que realiza actualmente el H. Comité Directivo, o sea que desaparecería el Consejo Consultivo, integrado por los cuatro líderes sindicales y asociaciones Y EN EL Artículo 12 dice: “señala 8 representantes de gobierno y solo 3 de los sindicatos. QUEDAN FUERA TODAS LAS ASOCIOACIONES DE JUBILADOS, TODOS LOS AYUNTAMIENTOS Y DEMÁS ORGANISMOS.” ¿Qué los jubilados y pensionados no trabajaron toda su vida en el Gobierno del Estado?

           En este último párrafo, se puede observar la incongruencia de que hay en la exposición de motivos, en donde como se dice: “que se faculta al instituto para proporcionar en forma directa o con la intermediaciones FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES, asi como las que integran EL SISTEMA BANCARIO MEXICANO”.

         O sea que se hace una reforma en toda la ley, a más de la mitad de su contenido, sin haberla consultado con el H. Consejo Directivo como lo señala el Artículo 46 de la Ley vigente.

         Otra aberración: “La interpretación de la Ley quedará única y exclusivamente en PODER DEL GOBERNADOR O LA SECRETARIA O DEPENDENCIA AL QUE ESTÉ SECTORIZADO EL INSTITUTO.

           Para que los líderes de las asociaciones de jubilados, pensionados, maestros, etc., puedan asistir a alguna asamblea, tendrán que llenar una solicitud, pero no tendrán ni voz ni voto y solo asistirán en calidad de invitados, eso dice el Artículo 13, mientras que el Artículo 15 dice en su fracción XI, señala la contratación de un despacho externo para la recuperación de la cartera vencida judicial, o sea que a los beneficiarios de un crédito, les quitaran hasta la camisa, y ¿Por qué contratar un despacho externo, cuando el Instituto por años y años ha tenido un departamento de recuperación de la cartera vencida? O será que tiene tanto dinero que lo despilfarraría en dicha contratación o simplemente sería para beneficiar a algún incondicional allegados al gobierno o a la directora, (que no es general)?

         Artículo 18.- La fracción IV se contrapone con lo dispuesto en las facultades del H. consejo en su fracción X.- FRACCIÓN X FACULTADES DEL H. CONSEJO.- Designar y cambiar, a propuesta del Director General a los Servidores Públicos del Instituto que se determinen en el Instituto Orgánico.

           Fracción IV facultades de la dirección general:- nombrar y remover libremente al personal del Instituto conforme a la normatividad aplicable y cuya designación no esté a cargo del Consejo Directivo. El Artículo 21 señala que tanto los consejeros como el apoyo administrativo y operativo serán sujetos al respectivo procedimiento sancionar.

           Vea usted este Artículo 36:- el importante máximo que podrán solicitar los afiliados serán el equivalente al monto de sus aportaciones y no podrán solicitar créditos para mediano ni largo plazo. O sea que si usted tiene 6 pesos, solo podrá pedir prestados 6 pesos.

             El Artículo 40 señala:- el deudor solidario en un crédito hipotecario que no dependa económicamente del afiliado, pero que compruebe   a satisfacción del Instituto su solvencia económica, (cómo se comprueba la solvencia??) por si no hay satisfacción. Aquí hay otra que perjudicaría enormemente a la base trabajadora (activos), así como a los pensionados:- el Artículo 42 dice.- Se aumenta a 6% las cuotas a cargo de los afiliados. O sea que el gobierno, junto con el Instituto cobrarán un 6% de impuestos del sueldo del trabajador, ¡¡Quiera o no!!

El Artículo 58 dice:- Desaparece el crédito hipotecario para adquisición de un terreno.

         No cabe duda que la intención de la propuesta de ley interpuesta por el diputado Jaime Álvarez Cisneros, conjuntamente con el gobernador Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, es privatizar el Instituto de Crédito y que éste pierda (automáticamente) su autonomía, para que sea el jefe del Ejecutivo quien maneje a su antojo al Instituto de Crédito que fue creado por el ex gobernador Lauro Ortega Martínez para beneficio única y exclusivamente para los trabajadores.

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