Prevalece equidad de género en reforma que establece pensiones por jubilaciones de trabajadores de los tres Poderes del estado y ayuntamientos

Ojos Ciudadanos Por Martín Pérez      ojosciudadanosmorelos@gmail.com

 

La reforma el artículo 58 de la Ley del Servicio Civil del estado de Morelos, promovida por el diputado del PRI, Mario Chávez Ortega, hace justicia a los derechos fundamentales –incluidos los derechos laborales– de los trabajadores hombres al servicio del estado.

Antes de la reforma, la Ley del Servicio Civil del estado de Morelos en su artículo 58, daba un trato desigual a los iguales, en el caso de las mujeres obtenían su pensión por jubilación a los 28 años de servicio y en el caso de los hombres a los 30 años.

El artículo 58 de la ley en comento contravenía lo dispuesto por los artículos primero y cuarto de nuestra Constitución que establecen lo siguiente:

Artículo 1.- (Párrafo Quinto) Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Artículo 4.- El varón y la mujer son iguales ante la ley.

La reforma al artículo 58 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, que fue aprobada recientemente por los integrantes de la LIII Legislatura, traerá los siguientes beneficios:

  1. Se da un trato equitativo y no discriminatorio desde la ley a mujeres y hombres quienes ahora en igualdad de condiciones podrán obtener su pensión por jubilación a los 28 años de servicio, además de que los diputados dieron cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 1 y 4 de nuestra Carta Magna.
  2. Los trabajadores hombres ya no tendrán que realizar un desembolso extraordinario para obtener su jubilación contratando un abogado que promueva Amparo argumentando iniquidad de la Ley, y en todos los casos se le concede la razón al quejoso.

III. Eficiencia en el trabajo que realiza el Poder Legislativo del Estado de Morelos, ya que en promedio al mes se recibían 45 amparos relacionado con el tema de inequidad, resolviéndose en su totalidad en favor del quejoso, distrayendo recursos humanos, materiales y económicos, que bien podrían destinarse de manera más eficiente a otras actividades del Congreso.

  1. Con ello se evita el pago de gastos y costas que en su caso el Congreso del estado de Morelos debería pagara a los recurrentes, previo procedimiento judicial.

De esta manera, se pone de relieve que el diputado Mario Chávez Ortega sabe escuchar a la gente y da cauce a las demandas sociales, como esta que exigían desde hace años los trabajadores hombres al servicio de los tres Poderes del estado y ayuntamientos.

El trabajo legislativo no se debe medir por el número de iniciativas que se presentan ante el pleno, sino más bien en las iniciativas que al final de cuentas se convierten en leyes y que efectivamente trascienden, al dejar un beneficio a la sociedad.

¡Bien por Mario Chávez!, porque supo conciliar con los diferentes grupos y fracciones parlamentarias para que la iniciativa que presentó avanzara hasta el final.

 

Hasta aquí llegó la tinta por hoy.

—o—

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